A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Masg En Representación De Su Hijo Jmcs·Demandado Ministerio De Salud, Instituto Nacional De Salud, Superintendencia De Salud Y La Eps Capital Salud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden de suministrar la atención y servicios que se requieran para garantizar el derecho fundamental a la salud
- Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
- Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mientras se adopta una decisión de fondo y en aras de proteger el derecho a la salud del menor para el cual se invocó el amparo, la Corte decidió con el presente auto dictar una MEDIDA PROVISIONAL y, en tal sentido, ordenó a la EPS accionada adelantar, entre otras cosas, todas las gestiones administrativas dirigidas a asegurar el cumplimiento efectivo de las órdenes médicas de suministro de medicamentos, suplementos, citas con especialistas, procedimientos y exámenes diagnósticos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (32 puntos)
- PRIMERO. ORDENAR a la EPS Capital Salud18 que, dentro del término de tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, en caso de que no lo haya hecho aún, adelante todas las gestiones administrativas dirigidas a asegurar el cumplimiento efectivo de las ordenes médicas de suministro de medicamentos, suplementos, citas con especialistas, procedimientos y exámenes diagnósticos para el afiliado JMCS identificado con Permiso por Protección Temporal No. 0000, que se enlistan a continuación, así como las demás que hayan sido expedidas por sus médicos tratantes:
- Servicio médico
- Fecha de la orden médica
- Fecha en que fue radicada a la EPS
- Medicamento l-ornitina -l -aspartato x5G granos para suspensión
- 13 de febrero de 2023
- 21 de abril de 2023
- Medicamento lactulosa x10g/15ml jarabe oral sachet (sobre)
- 17 de abril de 2023
- 30 de mayo de 2023
- Suplemento Pediasure
- 17 de abril de 2023
- 19 de mayo de 2023
- Cita por nutrición y dietética
- No es visible la fecha
- 21 de abril de 2023
- Procedimiento de drenaje biliar vía endoscópica y colocación de dispositivo
- 1° de junio de 2023
- 2 de junio de 2023
- Ecografía de abdomen y pelvis como guía de procedimiento quirúrgico o intervencionista
- 1° de junio de 2023
- 2 de junio de 2023
- La entrega de medicamentos y suplementos no podrá superar el término de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia. Los demás servicios médicos deberán ser efectivamente prestados con la mayor celeridad posible.
- SEGUNDO. ORDENAR a la EPS Capital Salud que, dentro del término de tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, en el marco de la solicitud de autorización de servicios emitida el 23 de mayo de 2023 por el médico cirujano de trasplantes de la Fundación Cardioinfantil, y radicada en la EPS el 30 de mayo siguiente, adelante todos los trámites administrativos y coordine con la Fundación Santa Fe, IPS con la cual tiene contratados los servicios de trasplante, para que se adelanten los procedimientos médicos dirigidos a establecer la viabilidad de que el trasplante hepático sea realizado con un donante vivo que tenga vínculo de consanguinidad hasta el
- cuarto. grado,
- segundo. de afinidad o
- primero. civil con el receptor, en los términos del artículo 10 de la Ley 1805 de 2016. Los procedimientos médicos deberán ser realizados con la mayor celeridad posible.
- TERCERO. ORDENAR a la EPS Capital Salud que, una vez se cumpla la medida provisional decretada en el numeral
- primero. de esta providencia, informe a esta Corporación sobre las fechas de entrega efectiva de los medicamentos, la fecha en la que se realizó la consulta con los especialistas, las fechas en que se llevaron a cabo los procedimientos y exámenes diagnósticos.
- CUARTO. ORDENAR a la EPS Capital Salud que, una vez se cumpla la medida provisional decretada en el numeral
- segundo. de esta providencia, informe a esta Corporación sobre el resultado de los estudios para determinar si es posible que el trasplante hepático se haga por donante vivo.
- QUINTO. INFORMAR, a través de la Secretaría General, al destinatario de esta providencia que la información y los documentos requeridos deberán remitirse, de manera digitalizada, a los correos electrónicos secretaria2@corteconstitucional.gov.co; tramitedigital9@corteconstitucional.gov.co; y lauramr@corteconstitucional.gov.co.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.